¿Qué alcance y contenido debe incluir el EINF?

El Estado de Información No Financiera (EINF) tiene como objetivo identificar riesgos para mejorar la sostenibilidad y aumentar la confianza de los inversores, los consumidores y la sociedad en general. Pero, ¿a quién aplica? Y ¿qué contenido debe incluir?

Según se recoge en la ley 11/2018 de 28 de diciembre de 2018, el requerimiento legal de publicación del Estado de Información No Financiera obliga desde el ejercicio 2021 a organizaciones de más de 250 empleados así como a aquellas entidades que, durante dos ejercicios consecutivos, cumplan con al menos, una de  las siguientes dos circunstancias:

  • Tener un activo superior a 20 millones de euros
  • Tener un importe neto de la cifra de negocio anual de negocios de más de 40 millones de euros.

La aplicación de la obligación en el caso de un grupo consolidado estará a cargo de la sociedad dominante. Será ésta quien elabore el EINF que incluirá información relativa a todas las filiales. Las empresas dependientes del grupo quedan exentas de la obligación aunque en su informe de gestión harán referencia a la existencia del EINF a nivel de grupo consolidado e indicarán, asimismo, donde se encuentra disponible para su consulta.

El EINF complementa el informe de gestión para contribuir a medir, supervisar y gestionar el rendimiento de las empresas y su impacto en la sociedad en cuestiones de responsabilidad social. Para ello, existe la opción de presentar esta información no financiera como parte del informe de gestión o bien en un informe separado. En este último caso, el informe de gestión recogerá una mención sobre la existencia del EINF como documento independiente.

En cuanto al contenido, y tomando como base inicial la descripción del modelo de negocio -descripción de la organización y su entorno, mercados en los que opera, línea estratégica del negocio, objetivos y tendencias que puedan afectar a la organización a largo plazo- se analizarán los aspectos sociales y medioambientales de la organización.

En este sentido, las organizaciones deberán reportar los impactos y riesgos de las distintas cuestiones relacionadas con la sostenibilidad que por su naturaleza sean materialmente significativos para la organización. Se informará acerca de las políticas de gestión aplicadas junto a indicadores que permitan realizar un seguimiento de su evolución así como de la consecución de objetivos. El fin último es que los grupos de interés tengan información significativa, precisa y comparable para la toma de decisiones.  

En aras de una mejor coherencia y comparabilidad de EINF entre distintas organizaciones, la ley 11/2018 exige incluir unos contenidos mínimos con información relativa a las siguientes cuestiones no financieras:

  • Medioambientales: gestión ambiental, contaminación, economía circular y residuos, uso sostenible de los recursos, cambio climático y protección de la biodiversidad
  • Sociedad: Compromiso con el empleo y desarrollo local, relaciones con la comunidad, subcontratación y proveedores, consumidores e información fiscal
  • Personal: empleo (remuneraciones medias, distribución por sexo, edad…, brecha salarial…), organización del trabajo (organización del tiempo, absentismo, conciliación…) , salud y seguridad, relaciones sociales ( comunicación con el personal….), formación e igualdad
  • Respeto de los derechos humanos (DDHH):  Prevención y gestión  de vulneración de los DDHH, cumplimiento de los convenios de la OIT (Organización Internacional del Trabajo), eliminación de discriminación en empleo y ocupación, eliminación del trabajo forzoso, abolición del trabajo infantil y medidas para gestionar y/o reparar abusos.
  • Lucha contra la corrupción y el soborno: medidas para la prevención de la corrupción y el soborno,  lucha contra el blanqueo de capitales y control de aportaciones a fundaciones y entidades sin ánimo de lucro.
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